PALMA DE MALLORCA 22 I 23 DE GENER DE 2009
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UNA ESTRATEGIA INTEGRADA DE FLEXIBILIDAD Y POLÍTICAS SOCIALES PARA HACER FRENTE A LA CRISIS DE LA SOCIEDAD LABORAL Y DEL BIENESTAR.
José Enrique Medina Castillo. Magistrado de lo Social y Doctor en Derecho.

En el mundo al revés, la libertad oprime: la libertad del dinero exige trabajadores presos de la cárcel del miedo, que es la más cárcel de todas las cárceles. El dios del mercado amenaza y castiga; y bien lo sabe cualquier trabajador, en cualquier lugar. El miedo al desempleo, que sirve a los empleadores para reducir sus costos de mano de obra y multiplicar la productividad, es, hoy por hoy, la fuente de angustia más universal. ¿Quién está a salvo del pánico de ser arrojado a las largas colas de los que buscan trabajo?

                                                               Eduardo Galeano

Patas arriba

La escuela del mundo al revés.

 

 

          

Al finalizar la segunda guerra mundial, los vencedores y creadores del nuevo orden, interesados en restituir la esencia del capitalismo, desarrollaron un marco institucional basado en tres pilares fundamentales: un orden político internacional (Carta de las Naciones Unidas), un orden de los derechos humanos (Declaración Universal de los Derechos Humano) y un orden económico internacional, el denominado “Sistema Bretton Woods”. Este tercer elemento institucional se apoyaba en dos principios básicos: liberalización del comercio y regulación del flujo de capital. Se justificaba la regulación de los movimientos de capital en el entendimiento de que los flujos especulativos a corto plazo tenderían a socavar la libertad de mercado, la democracia y el Estado de Bienestar, en tanto el libre flujo de capitales podría dar lugar a un “gobierno virtual” de las instituciones financieras permitiéndoles imponer su propia política social mediante la amenaza de la evasión de capitales hacía otros mercados más favorables a la obtención de beneficios, reduciendo la capacidad de los gobiernos formales a la ejecución de sus políticas de mercado de trabajo y de bienestar social.

Este sistema dio lugar a lo que se conoció como “época dorada del capitalismo”, caracterizada por un ritmo muy elevado de crecimiento y de la productividad, y la expansión del contrato social, que tuvo su desarrollo en los años cincuenta y sesenta hasta su desmantelamiento, como veremos, a partir de los setenta[1].

 

           En este marco político-institucional, la función del Estado ya no se limitaba a asegurar la supervivencia y desarrollo del sistema, sino que asumía la función de racionalizar y disciplinar las tendencias anárquicas de los intereses capitalistas, neutralizando el antagonimso de clases y asegurando la disciplina social y la lealtad política mediante el compromiso de sostener el sistema socio-económico sin alterar sus presupuestos fundamentales. El pacto social implicaba que las organizaciones obreras admitían la lógica capitalista del mercado como mecanismo determinante de la producción y distribución de los recursos en la sociedad, recibiendo como contrapartida política la protección social pública y la democratización económica y social del sistema. Para ello, las políticas de empleo, entendidas como un conjunto dinámico de medidas y acciones múltiples encaminadas a procurar posibilidades ocupacionales y a satisfacer las necesidades de mano de obra que en cada momento y situación precisen las actividades económicas, se erigieron en un mecanismo necesario para garantizar esa función racionalizadora del estado keynesiano, en tanto las políticas de empleo, de mercado de trabajo, constituyen un campo de la política social que tiene por objeto la conformación, aprovechamiento y retribución de la mano de obra en el trabajo por cuenta ajena[2]. Además de la política de formación y perfeccionamiento de la mano de obra; de configuración, distribución y adjudicación de los puestos de trabajo; de retribución y de trasferencia de rentas; de protección de la mano de obra contra los riesgos de la vida laboral (enfermedad, invalidez, accidente, despido, paro, contratos precarios, riesgos para la salud en el trabajo...); de composición y resolución de los conflictos (individuales y colectivos) entre empresarios y trabajadores, y las políticas de pleno empleo en sentido estricto (de empleo y de jornada de trabajo), las políticas de mercado de trabajo cumplian una función esencial de humanización de la vida laboral.

          

          

           El trabajo no es una mercancía

 

           Frente a la orientación económica liberal sobre el trabajo, que toma sus bases teóricas del modelo neoclásico de competencia perfecta, que considera que el mercado de trabajo no es un mercado especial, sino un mercado como cualquier otro (el de bienes, el de dinero...); y la mano de obra es un factor de producción más, una mercancía, que debe tratarse de acuerdo con las leyes del mercado (oferta y demanda), y que hay que dirigir por medio del mecanismo de los precios, en este caso, los salarios, se alzó una concepción que partiendo de que el desempleo proviene de tres fuentes: insuficiencia crónica o recurrente de la demanda total de los productos de la industria, la mala orientación de la demanda y de una falta de organización del mercado de trabajo; reclamaba la necesidad de la intervención política para conseguir resultados socialmente aceptables, o tolerables. Concepción que es conocida como "principio intervencionista" o "keynesiano"[3].

           El propio BEVERIDGE exponía el objetivo central que debía perseguir una política de mercado de trabajo y el papel que correspondía en esa tarea al Estado al manifestar: Para enfrentarse a la prevención de la desocupación provocada por el desempleo masivo, no es útil ni necesaria una legislación detallada. Es un problema de ajustar la acción estatal a las libres actividades de los ciudadanos de ese Estado y a las políticas de otros Estados. Implica una única pero importante decisión de principio -la aceptación por el Estado de una nueva responsabilidad hacia el individuo- y la creación de un organismo estatal con poderes suficientes para desempeñar esta responsabilidad[4].

           La orientación intervencionista de la política de mercado de trabajo y de empleo se apoyaba en dos raíces y fundamentos. Uno primero, de marcado carácter normativo que se fundamenta en la concepción antropológica de que el trabajador es un factor de producción "especial", no comparable a otros factores y que, por tanto, la mano de obra humana no puede ser tratada como una "mercancía". Esta concepción se refleja en la Declaración de Filadelfia de la Organización Internacional del Trabajo (O.I.T.)[5], y asimismo, en distinta forma, en el Derecho laboral y social alemán cuando se habla, por ejemplo, de la adecuación social de la normativa legal.

           En segundo lugar, el principio intervencionista procede, además, de la observación de que el principio de mercado (es decir: el mecanismo salarial y la libre competencia sin impedimentos) llevan a resultados indeseados e insatisfactorios tales como la competencia destructiva o el subempleo y el paro. En consecuencia, para evitar esas insuficiencias del mercado los keynesianos proponían que había que conseguir la configuración activa de los procesos del mercado de trabajo.

           Unido a lo anterior, la necesidad de la intervención radica en que en el mercado de trabajo, al igual que en la sociedad, el poder y la estrategia no son elementos introducidos desde el exterior, sino fenómenos endógenos, producidos por el propio proceso del mercado de trabajo. El resultado de este proceso, -a diferencia de lo que entiende el principio liberal del mercado-, no está determinado por las fuerzas del mercado, ni sigue un camino óptimo hacia la eficiencia y el equilibrio. Para los defensores del intervencionismo, la rentabilidad y la protección social no son irreconciliables ni incompatibles por principio, sino que, muy al contrario la limitación parcial de la competencia y la protección de la mano de obra son absolutamente necesarias para mejorar la capacidad de rendimiento económico y social del mercado de trabajo y del sistema de empleo. Desde la perspectiva keynesiana, el objeto de la política de bienestar es satisfacer las necesidades humanas entendidas como un conjunto de precondiciones de la existencia humana, como presupuesto de una vida autónoma, libre y emancipatoria dentro de la sociedad democrática[6].

La lógica de intervención keynesiana, en lo que se refiere al empleo, consistía en alentar la intervención pública en el mercado para conseguir un volumen agregado de producto que corresponda al pleno empleo. En el campo de las políticas sociales reclamaba la intervención del Estado, a través del sistema tributario, para redistribuir la renta de tal manera que permitiera un aumento de la propensión al consumo. En definitiva, su propuesta de "socialismo liberal" mantenía inalterados los valores esenciales del pensamiento liberal burgués: la protección del individuo, la libertad de empresa y de contratación y la defensa de la propiedad privada.

No obstante, como expresa MONEREO[7], los Gobiernos socialdemócratas, en el período de prosperidad inmediatamente posterior a la postguerra, contribuyeron a reafirmar el valor de la igualdad y su inherencia al modelo de bienestar keynesiano, realizando una lectura en cierta medida "socializante" de la obra clásica de RAWLS[8] sobre la necesidad de que en un sistema democrático basado en la justicia social se garantice una igualdad en cuanto al reparto de los "bienes sociales primarios"; es decir, libertad, igualdad de oportunidades, renta, riqueza y las bases del respeto mutuo.

          

          

El “ocaso de los años de oro”.  El eterno retorno a la libertad de mercado

 

A principios de los años setenta se comienza a hacer perceptible la crisis orgánica del capitalismo keynesiano[9], por lo que se hizo necesaria una nueva cohesión que hiciera compatible la relación salarial (principio invariable del modelo de producción) con las transformaciones estructurales del modo de producción capitalista que propiciaban una caída del coste social de reproducción de la fuerza de trabajo, en el entendimiento de que las demandas salariales, el progresivo incremento del coste de la fuerza de trabajo, constituian la principal causa de la crisis del sistema.

           Desde ese momento pudo apreciarse un cambio de orientación favorable al principio de mercado, un giro de timón hacia los postulados liberales del laissez faire y el mercado de competencia perfecta, aún cuando presentaba diferencias sustanciales con respecto a él, puesto que mientras la teoría de Adan Smith de la "mano invisible" se apoya en la existencia de un orden natural que persigue la bondad, una finalidad positiva, el orden hayekiano es de carácter estrictamente negativo que se define normativamente y que se apoya en una doctrina que primaba el orden y no la libertad del mercado[10].

           Con esa premisa, para los neoliberales, la función del Estado debe limitarse al desarrollo de su papel político, procurando la seguridad y la eficacia del funcionamiento del mercado, interviniendo exclusivamente para asegurar ese orden espontáneo, pero no fijando los objetivos de la actividad económica. Tal opción tenía como objetivo el debilitamiento, cuando no el desmantelamiento puro y simple de los logros sociales conseguidos en los años de oro del capitalismo keynesiano, lo cual se justificaba en dos razones fundamentales.

           La primera, de orden económico, insiste en los problemas de sobrecarga producidos en la demanda económica. La segunda, de orden político, radicaría en los factores de ingobernabilidad que se derivan de esa sobrecarga impuesta al Estado. La solución, por tanto, consiste en "descargar" al Estado de esa lacra, mediante la desregulación y la liberalización de ciertas funciones que hasta ese momento habían sido asumidas por él.

Y es que para los neoconservadores, un "Estado fuerte" constituye un obstáculo para el desarrollo de las grandes corporaciones financieras y económicas, y por tanto, su ideal consistiría en la desaparición, lisa y llana, del Estado, del poder político. La solución consiste en disponer de un Estado, pero un "Estado mínimo", limitado a las estrictas funciones de protección contra la fuerza, el robo, el fraude, el incumplimiento de los contratos,... A su entender, cualquier otro Estado más “extenso” acabaría por destruir la libertad de empresa y de contratación, pilares de la ideología liberal. Sin embargo, paradójicamente, pese al empeño de negar un papel intervencionista al Estado en las relaciones económicas, la necesidad de legitimación que precisan estas organizaciones hace que la presencia del Estado resulte consustancial al liberalismo, ya que ejerce una función crucial como inductor y guardián de sus intereses desde una posición de relativa autonomía. [11]

Esto supuso un cambio de las directrices macroeconómicas distinta de la típicamente estabilizadora que había caracterizado a los keynesianos. Si el Estado había podido, hasta ese momento, jugar eficazmente un papel importante como regulador de los desequilibrios entre producción y consumo, ello era posible en el marco de las economías nacionales, pero desde el momento en que la economía y la inversión se globalizaron, el sistema resultó ineficiente, puesto que el Estado no puede correr el riesgo de ver como ciertas empresas se vuelven deficitarias a consecuencia de la aceleración en la competencia internacional del trabajo.

 

 

Un nuevo reparto de la tarta. El fin de la comedia del consenso

 

           Frente al compromiso entre clases sociales sobre la base del crecimiento económico que trajo como resultado el estado del Bienestar y que supuso la aceptación por parte de las clases poseedoras de la redistribución, vía Estado, del producto social, y por parte de los trabajadores y sus instituciones político-sociales, de las políticas de rentas, que suponían un incremento del consumo, los neoliberales optaron por poner "orden" en un mundo en el que las políticas de pleno empleo redundaban en la relajación de la disciplina social[12]. Como solución, pretenden hacer "tabla rasa" del pasado, concretado en el Estado del Bienestar y la regulación estatal de las condiciones de trabajo. En ese empeño, sus postulados se han concretado en políticas de mercado de trabajo y de empleo que se pueden resumir del siguiente modo: el desarrollo de una política fiscal favorable para las empresas; la reducción de las prestaciones sociales y de las disposiciones de protección de los trabajadores, así como la "flexibilización" de las condiciones de empleo -impulsando la reforma de la legislación laboral y abriendo camino a la contratación de duración determinada, a tiempo parcial, y demás formas de empleo precario-, y los sistemas de salario.

           En coherencia con su ideario económico, centran su crítica en las políticas de transferencias públicas hacía servicios como sanidad, educación o control medioambiental, pero ello no implica que reclamen que se destinen recursos públicos hacia otras materias que, a su juicio, son de interés general de la población. Por el contrario, si se muestran muy favorables al aumento de las inversiones públicas en materia militar, para mayor aumento de los beneficios de las multinacionales de armamento, y como garantía de su "orden económico", mientras se reducen drásticamente las inversiones en sectores como la protección ambiental o los servicios sociales.

           Así, frente a las políticas intervencionistas y de consenso propias de los estados del bienestar keynesianos, los principios básicos sobre los que se asienta el pensamiento económico-ideológico neoliberal podemos sintetizarlos, siguiendo a BOWLES, GORDON y WEISKOPF[13] en los siguientes: la "economía del goteo"; la "disciplina del látigo"; la "mano invisible" y la "política exterior del garrote".

           La idea esencial del primer principio, "economía del goteo", es que la mejor manera de mejorar el nivel de vida a largo plazo de la mayoría de las personas es favorecer la conducta económica productiva de aquellos sectores de la población que ocupan las mejores posiciones, y de ese modo, cuando éstas prosperen, prosperará la economía y todo los demás, y los más desfavorecidos acabarán recibiendo los beneficios que goteen de esta prosperidad. Si los ricos disponen de más dinero, ahorrarán, el ahorro favorecerá la inversión y como consecuencia de ello aumentará la productividad y el ritmo de crecimiento de la economía, lo que facilitará la obtención de beneficios y estimulará la inversión productiva, de tal modo que los asalariados dispondrán de trabajo.

 

           El segundo principio, "disciplina del látigo", tiene como finalidad disciplinar a los trabajadores para que se esfuercen en el trabajo. El modo de conseguir ese objetivo, es a través de reducir, o eliminar drásticamente si ello es posible, las prestaciones de desempleo, indemnizaciones, y cualquier otro tipo de prestaciones que puedan percibir los trabajadores por la pérdida de su empleo. Con ello se reducen las posibilidades de que surja cualquier otra alternativa al comportamiento disciplinado en el trabajo. Ante la amenaza del paro no subsidiado, los trabajadores deberán someterse a la disciplina del mercado de trabajo disminuyendo sus salarios en beneficio de las rentas del capital[14].

           Obviamente, en el desarrollo de esta estrategia, la lucha contra las organizaciones obreras, en especial de aquellas que tienen un alto contenido de clase, constituye una ofensiva esencial. Debilitando a sus organizaciones se reduce la capacidad reivindicativa de los trabajadores que deben negociar sus condiciones de trabajo en el ámbito de la empresa en una posición de clara inferioridad. Al mismo tiempo, si los sindicatos son débiles podrán ejercer menor presión en la calle para dificultar las reformas legales que es necesario acometer para desmontar la legislación protectora del trabajo.

           Los ejemplos más evidentes, no únicos, de éste tipo de políticas se expresaron en los Estados Unidos y el Reino Unido, bajo los gobiernos de Ronald Reagan y Margaret Tatcher respectivamente. La administración Reagan alzó el estandarte que iba a dar comienzo a un enrarecimiento del clima sindical y social en 1981, liderando la resistencia contra las luchas sindicales, y que más tarde serviría de ejemplo a las grandes empresas para continuar la ofensiva[15].

           El resultado de esta estrategia de confrontación fue que durante la década de los 80, y en los países de la OCDE, los sindicatos perdieron unos 5 millones de afiliados, concentrada en una gran parte en los EE.UU. el Reino Unido y Francia. De hecho, la tasa media (ponderada) de sindicación de los 18 países de la OCDE pasó de 35 en 1970 a 37 en 1975, para después descender a 35 en 1980 y 28 en 1988[16]. En EE.UU la afiliación sindical que alcanzaba en 1945 el 35,5 % de la fuerza de trabajo, y el 31,4 % en 1961, cayó en 1985 al 18% y en 1.993 llegó al 15,5 %.[17]

           En lo que respecta a nuestro país, la afiliación sindical, aún cuando estuvo prohibida hasta 1977, una vez legalizados los sindicatos, experimentó un importante aumento para posteriormente sufrir una caída espectacular, pasando del 27,4 por ciento en esa fecha, al 11 por ciento en 1.990[18].

           En definitiva, la "disciplina del látigo" dio unos excelentes resultados en todos los países de la OCDE, consiguiendo que los avances en afiliación que consiguieron los sindicatos hasta la década de los setenta los perdieran en la de los ochenta. De ahí que, si hubiera que señalar los rasgos más característicos de los cambios producidos en la sociedad del trabajo postfordista, podrían reducirse a dos: el declive de la fuerza de trabajo global y la progresiva pérdida de centralidad de la clase obrera en los procesos sociales.

 

           El tercer principio, "la mano invisible", constituye una revalorización de las teorías de Smith y está íntimamente ligada a la prescripción del laissez-faire, y la repulsa del intervencionismo público en el funcionamiento del mercado. Esto implica, igualmente, la reducción de los impuestos al capital.

 

           Por último, la "política exterior del garrote" está directamente relacionada con el fenómeno de mundialización de la economía, de tal suerte, que ante la eventualidad de que la inestabilidad política de cualquier país en que realicen negocios las empresas multinacionales y ello pueda suponer la pérdida de beneficios de las grandes empresas, es necesario que exista una fuerza militar capaz de restablecer el orden alterado.

La estrategia político militar de EE.UU como instrumento coercitivo puesto al servicio de la defensa de la hegemonía estadounidense en la defensa de la “libertad de mercado mundial” fue descrita de modo muy simple e instructivo por Thomas Friedman (a la sazón consejero de Madeleine Albright) en un artículo publicado en el magazine del New York Times del 28 de marzo de 1999, bajo el título “Lo que el mundo necesita”, con fragmentos del siguiente tenor: “…la mundialización sólo funcionará si Estados Únidos actúa con la fuerza todopoderosa que le confiere su calidad de superpotencia”, ”…la mano invisible del mercado, jamás funcionará sin el puño invisible. Mac Donald no prosperará sin la Mac Donnell Douglas, que ha construido el F15. El puño invisible que garantiza un mundo seguro para la tecnología de Sillicon Valley se llama ejército, aviación, marina y Cuerpo de Marines de Estados Unidos”.[19]

Todo ello nos permite llegar a concluir que los programas neoliberales de la última generación son otra etapa del mismo largo experimento, que dura ya varios siglos, para transformar no sólo los hábitos y la conducta sino también las mentes y actitudes de modo que la gente acepte la subordinación, la disciplina y el aislamiento y restringa sus aspiraciones a necesidades artificiales creadas por la industria de la publicidad y el entretenimiento. [20]

 

 

Más mercado, menos Estado y menor protección social.

 

Obviamente interesados en el mantenimiento del modelo de acumulación, los neoconservadores pusieron en marcha una serie de reformas económicas destinadas a conseguir su reproducción y el aumento de la tasa de beneficios del capital, que se había debilitado en los últimos años de la década de los sesenta y que dieron como resultado, en las décadas posteriores, no sólo la recuperación de la tasa de beneficios, sino su espectacular incremento.           

Así, desde los ochenta, buena parte del discurso dominante sobre los problemas y desarrollos futuros del Estado del Bienestar se concentró en el supuesto antagonismo entre el aspecto de la seguridad civil colectiva del Estado (Estado del Bienestar) y los aspectos liberales del Estado (garantía de la propiedad privada, relaciones contractuales de mercado).

           Las limitaciones del Estado del Bienestar se manifestaban en una contradicción fundamental: había llenado el universo del capitalismo de "derechos sociales", integrando substancialmente a las clases trabajadoras, y éstas habían albergado la esperanza de una superación socialista del Estado del Bienestar. En ese contexto se produjo la revisión del modelo de intervencionismo público característico del Estado de Bienestar keynesiano y la implantación de nuevas prácticas políticas entre los actores del sistema, en su conjunto, que tuvo su reflejo en el marco de las relaciones laborales.

           Al grito de "más mercado" y "menos Estado" los neoliberales proponen una vuelta "revisada" a los postulados del laissez faire . La autonomía de lo económico, expresión de un proceso de abstracción y mercantilización de las relaciones humanas y el “principio propietario”[21] se convierten en el verdadero centro del sistema, desplazando la preocupación keynesiana por la búsqueda del consenso social a su periferia.

           Los postulados que sostenían las políticas de reprivatización se apoyaban en una premisa fundamental: la utilización del Estado para debilitar las instituciones de las clases trabajadoras y desmontar las instituciones de la política de rentas pro-salarios (escala móvil, contratos de trabajo permanentes, pleno empleo, etc.) para disciplinar a estas clases, puesto que, como se ha dicho, la disciplina social constituye un determinante fundamental del beneficio privado.[22]

           Esas consignas, tuvieron unos efectos devastadores en las políticas de protección social[23]. Lo cual resulta coherente, puesto que, en definitiva, el neoliberalimo supone una concepción político-ideológica en la que prima la eficacia económica frente a la protección social y el carácter dominante de la propiedad y la lógica propietaria sobre las políticas de intervención a favor de la igualdad social.

           La reducción del Estado de Bienestar a mero "Estado de asistencia"[24], con sus secuelas de pérdida de seguridad del empleo, segmentación del mercado de trabajo y de los propios desempleados, pérdida de salarios, disminución de prestaciones sociales, vaciado de los derechos sociales, privatización de empresas públicas[25] y el fraccionamiento de los sistemas de pensiones públicas, constituyó una tendencia dominante en los paises europeos para una "reestructuración del Estado del Bienestar" orientada a la pérdida de protagonismo público y la revitalización del sector privado mercantil en la gestión del "nuevo modelo pluralista del Estado del Bienestar, recuperando para el sector privado ingentes recursos financieros que hasta ese momento y en la mayoría de los países, estában exclusivamente bajo el control del sector público.

           El nuevo modelo de "Estado de Bienestar mínimo" encontró una justificación sobrevalorada en la crisis financiera pública, aún cuando conviene tener en cuenta que, en buena parte, la relativa "sobrecarga" del Estado del Bienestar no tiene su causa tan sólo en el aumento de las expectativas y demandas sociales, sino también en la forma en que se viene utilizando el sistema público para reducir la oferta de empleo, en lo que ha sido calificado como "crisis inducida" por factores externos a los sistemas de Seguridad Social. [26]

Los neoliberales consideran que es posible un "mercado perfecto", un "cosmos" al que se atribuye la cualidad de permanecer en continuo equilibrio económico, sólo roto por el intervencionismo del bienestar keynesiano. Dos razones avalan su tesis. En primer lugar, el aparato del Estado del Bienestar impone una carga fiscal y normativa al capital que equivale a un desincentivo para la inversión. En segundo lugar, y al mismo tiempo, el Estado del Bienestar garantiza pretensiones, títulos y posiciones de poder colectivo a trabajadores y sindicatos que equivalen a un desincentivo para el trabajo, o al menos para un trabajo todo lo duro y productivo como el impuesto bajo la égida de fuerzas mercantiles no reprimidas.

           En definitiva, la crisis económica y social del trabajo se hizo extensiva a las instituciones del propio sistema, en particular, al Derecho del Trabajo.

          

 

Más flexibilidad, disciplina y desregulación

 

En el plano de las políticas de regulación jurídica de las relaciones laborales, el objetivo de la reforma neoliberal pasaba por eliminar la universalidad de la protección del trabajador, tendiendo a las regulaciones de mínimos de orden público, en un retorno hacia la individualización de las relaciones laborales. De ahí que los procesos de desregulación laboral, y en general de flexibilización, que se han ido imponiendo en estas décadas, suponen la reapertura, la puesta en valor, de la autonomía privada como elemento configurador del contrato de trabajo y de las relaciones en la empresa.

Pese a que desde el plano estrictamente jurídico, el concepto de flexibilidad no tiene cabida en ninguna institución ni concepto jurídico, ha dejado sentir plenamente sus efectos en la esfera de la regulación jurídica de las relaciones laborales. Un concepto eminentemente económico, y de utilización reciente en el ámbito de la política del Derecho, ha trascendido de forma plena al ámbito de la regulación jurídica, aún a pesar de que es una noción imprecisa y ambigua, puesto que, en un sentido amplio, es un concepto que remite a la exigencia de que la fuerza de trabajo se adapte a los cambios producidos en el sistema productivo y de consumo.

           En la práctica, la política laboral practicada a escala internacional bajo el principio de la flexibilidad atiende preferentemente al objetivo de transferir los costes humanos y sociales de la empresa a los trabajadores y la comunidad. Se trata de una externalización de costes propios de la titularidad de la organización productiva a terceros públicos (poder público) y privados (trabajadores).

           Este enfoque funcional de la flexibilidad del mercado de trabajo lo preside la creencia en una suerte de "naturalización" de la economía, cuya propia evolución impulsaría los cambios necesarios para su gobernabilidad política.  Si la "eficiencia del mercado" es el objetivo, la "flexibilidad" es el fetiche que puede hacerlo posible[27]. El carácter fetichista de la flexibilidad se hace expreso en el hecho de que la eficiencia de la producción y circulación de mercancías y servicios, la competitividad y la obtención de beneficios, se erigen en objetivos preferentes de las políticas económicas, relegando a un papel secundario la eficiencia de las relaciones humanas y el bienestar.

           La mercancía (trabajo) convertida en el agente mediador de las relaciones humanas, en momentos en que el trabajo asalariado decae, ha de adaptarse a las condiciones que marque la ilusión del mercado autorregulado. Ilusión derivada de que no existe como tal en el capitalismo desarrollado, puesto qué, para que los mercados puedan funcionar es necesario que exista un intrincado sistema de normas, regulaciones jurídicas e instituciones que faciliten el intercambio. En suma, el funcionamiento de los mercados necesita de una estructura institucional[28].

           Por otro lado, la flexibilidad cumple su función fetichista desviando la atención social respecto de la dinámica económica fundamental del capitalismo desde las dos últimas décadas del pasado siglo (globalización del capital productivo y financiero), limitando el análisis a una preocupación exclusiva por la flexibilidad e imponiendo una única lógica y tipología a la diversidad de las relaciones sociales[29].

           Es la "era de la flexibilidad", que se expresa en nuevos modelos organizativos de las relaciones entre trabajadores y entre éstos y las máquinas. La flexibilidad ha calado de forma profunda en el discurso social, su introducción ha sido posible mediante la sutil combinación del uso ideológico del principio de eficiencia y mediante el uso político del paro y, lógicamente, sus efectos se han hecho sentir en todos los aspectos de las relaciones laborales.

           La "flexibilidad laboral" se representa como la solución más eficaz para dar respuesta a los problemas de acumulación capitalista surgidos en la crisis de los setenta, y que tuvo un sonado eco en un sector de la doctrina iuslaboralista que contempló y valoró positivamente la recuperación de espacios de libertad individual como respuesta a las exigencias de una mayor diversificación de las condiciones de trabajo, para así ajustar la regulación a la realidad de un mercado de trabajo en el que se ha ido produciendo la ruptura del modelo fordista de trabajo. En el plano jurídico, se concretaba en los siguientes principios: flexibilidad de la legislación laboral, menor protección social, movilidad de los trabajadores (funcional y geográfica), moderación salarial y sistemas de retribución variables.

 

Otro de los obstáculos señalados por los ideólogos neoliberales, que denunciaban y continuan denunciando las empresas como justificación de su resistencia a contratar personal, consistía en la protección legal que se dispensaba al empleo. De tal modo que no les dejaba libertad de actuación suficiente para adaptar rápidamente la mano de obra a las fluctuaciones, cuantitativas y cualitativas, de la demanda y, en consecuencia, achacaban también la existencia del desempleo a tal rigidez del sistema legal. Esto equivalía a plantear la necesidad de adaptar el Derecho del Trabajo para favorecer la movilidad de los trabajadores, flexibilizando las condiciones de contratación y de despido. [30]

           Tal demanda, asumida por los gobiernos, tuvo como resultado el debilitamiento de la estabilidad del empleo, haciendo que afloraran una diversidad de formas de contratación "atípicas" que permitían la adaptabilidad de la contratación a los cambios cualitativos y cuantitativos de la demanda, flexibilizando tanto las condiciones de contratación como de despido. Desde ese momento el empleo temporal rompió el corsé que con anterioridad caracterizaba determinadas ocupaciones (trabajo estacional, trabajo temporal,...) y que afectaban a una minoría de la población activa para erigirse en la tónica general de acceso al mercado de trabajo a partir de la década de los ochenta y que se ha consolidado en el presente.

El éxito de esas formas de contratación en todos los países industrializados se debe, no a la incorporación masiva de las mujeres al mercado de trabajo o al desarrollo espectacular del sector terciario, sino a la posibilidad que proporciona a las empresas practicar con menor riesgo reajustes cuantitativos y cualitativos de sus plantillas, evitando el coste y las formalidades administrativas de los despidos o las nuevas contrataciones[31].

La consecuencia de ello es que vuelve a recuperarse el discurso de la libertad contractual con funciones directamente reguladoras de las condiciones de trabajo, en detrimento de la regulación colectiva y estatal, quebrándose, de ese modo, la homogeneidad del marco regulador de las relaciones laborales. Los dos planos fundamentales en los que se hizo patente el desarrollo de la libertad contractual, fueron: la delimitación de una gran diversidad de tipos contractuales, y la revalorización de espacios no sometidos a la legislación laboral.

           A partir de éste planteamiento se produce un debilitamiento del Derecho Estatal del Trabajo -incluso del Derecho sindical- como técnica de regulación y de control social. A pesar de que el ordenamiento laboral no rehúsa su función integradora y de pacificación, tiende a abandonar todo intento serio de racionalizar el sistema de relaciones de trabajo conforme a un proyecto igualitario y realmente participativo, y a favorecer la implantación de un tipo de libertad individual condicionada por la fuerza contractual de los sujetos. La atribución de nuevos espacios a la autonomía privada, en última instancia, se traduce en una remisión a la voluntad unilateral del empleador que está en condiciones de hacer valer -nuevamente- su supremacía contractual.

           En la práctica, supone la vuelta a la "versión fuerte" del contrato de adhesión característico de los primeros tiempos del desarrollo industrial; ya que, aún cuando la negociación colectiva se reconoce y representa como elemento de control de las posibles tendencias desviacionistas del mercado, la actividad sindical también resulta debilitada, por la situación de precariedad y fragmentación del propio mercado de trabajo[32].

           La recuperación neoliberal del modelo privatista de regulación jurídica de las relaciones laborales, la libertad de contratación sin otros límites que las reglas del mercado y la remercantilización de las relaciones sociales, en el contexto de un mercado de trabajo escaso y precario, han tenido su reflejo en el estadio actual del ordenamiento del trabajo "disperso" y "fragmentado" y ha vuelto a poner de manifiesto la fragilidad de la "ilusión" del modelo de Estado Social orientado hacia la implantación de un Derecho del Trabajo uniforme.

           El debilitamiento o deterioro del Derecho del Trabajo como técnica de regulación y de control social se traduce en una remisión a la voluntad unilateral del empleador que está en condiciones de hacer valer su supremacía contractual. La opción neoliberal a favor de la revitalización del contrato de adhesión remite a un fenómeno de reforzamiento de la disciplina laboral y agudización de los rasgos autoritarios imperantes en las relaciones productivas. La empresa tiende a convertirse en una especie de vacío de control resistente a la intervención del Estado y a la injerencia de los sindicatos[33].

Todo ello ha llevado a que en la actualidad los elementos unificantes del propio sistema normativo del Derecho del Trabajo sólo puedan obtenerse, de forma abstracta y genérica, en los principios constitucionales de igualdad, libertad y participación. Así, y como expresa Romagnoli[34]: “...tener a las espaldas el siglo XX no da a los juristas del trabajo más seguridades que las que tuvieron sus antepasados cuando estos tenían frente a ellos el siglo XX”.

 

 

 

 

Es hora de reconocer el fracaso social del neoliberalismo

 

El pensamiento neoconservador opta por medir los resultados de una política económica desde el plano macroeconómico, renunciando al análisis desde el plano del bienestar de los ciudadanos y por tanto, las variables que permitirán medir el éxito de su política se referirán, exclusivamente, a la reducción de la tasa de inflación y la expansión de la actividad económica, sin contemplar sus negativos efectos sociales: disminución en la renta y el bienestar económico de la población más pobre, y aumento en las familias más ricas. Profundizando, de ese modo, las diferencias entre ricos y pobres, la dualidad social.

Para ello, la “economía de cuento de hadas”[35] liderada por los neoconservadores norteamericanos desde la déceda de los ochenta, basada en la intimidación de los trabajadores para frenar sus demandas salariales, necesitaba crear un estado de inseguridad en el mercado de trabajo, para lo que la desregulación y el abandono de las políticas de protección social constituían elementos imprescindibles.

La desregulación estatal del mercado de trabajo, uno de los presupuestos básicos de los partidarios de la flexibilización a ultranza, profundizó la fragmentación del mercado de trabajo -ya de por sí castigado con la disminución de la demanda-, creando espacios de desigualdad entre los propios trabajadores. El "imperio de la ley" pasó a convertirse -en el estricto marco laboral-, en una expresión vacía de contenido. La regulación estatal ha muerto en aras de la libertad contractual. El "dios" mercado ha sido satisfecho con el sacrificio ritual de la protección social.

Por otro lado, y en la misma línea de precariedad de la contratación, la subcontratación constituyó otro medio habitual para que las empresas pudieran aligerar y flexibilizar sus plantillas, ganando terreno sin cesar en una gama de sectores productivos cada vez más amplios, y constituyendo la práctica generalizada de prestación de servicios en actividades como: la restauración, la construcción, la limpieza, la seguridad, y demás servicios administrativos (contabilidad, asesoría...) que antes eran prestados por trabajadores de las propias empresas principales. Esta práctica les permite ahorrar gastos de explotación, de gestión, costes indirectos y demás obligaciones inherentes a la contratación de trabajadores, convirtiéndose en una gran generadora de empleo precario y eventual, puesto que las empresas que trabajan con este sistema de contratación necesitan un personal muy flexible al que puedan contratar o despedir según sus necesidades[36].       

Una de las consecuencias del panorama descrito, -ligada al progresivo deterioro del empleo existente desde la década de los setenta, en que el empleo ha perdido calidad, y sus retribuciones son menores- ha consistido en que, para mantener el nivel de consumo al mismo nivel o similar que en los años dorados del capitalismo, los trabajadores han tenido que aumentar, de hecho, la jornada de trabajo.          

          

           Junto a las políticas de flexibilidad y de contención del gasto público, se produjo el debilitamiento de los sistemas de protección social, bien reduciendo las prestaciones de desempleo en su cuantía y duración, cuando no excluyendo directamente de su ámbito protector a determinadas categorías de trabajadores, como por la dificultad de cubrir los períodos de carencia precisos para acceder a sus prestaciones a determinadas categorías de trabajadores eventuales o a tiempo parcial. Paralelamente, los sistemas de protección legal del despido (causas,  cuantías de las indemnizaciones y procedimientos de extinción de los contratos) también se vieron flexibilizados permitiendo a las empresas cerrar el deseado circulo de  flexibilidad y movilidad de los trabajadores, medio reclamado insistentemente para recuperar los anteriores niveles de beneficios. Las facilidades otorgadas a las empresas para despedir a sus trabajadores llegaron, en algunos casos, no sólo a reducir la cuantía de las indemnizaciones, sino incluso a subvencionar con dinero público una parte importante de ellas, derivando de ese modo hacia el erario público una parte importante del coste que las políticas neoliberales reclamaban como necesario para la reestructuración del "deteriorado" aparato productivo capitalista[37].

En definitiva, los programas sociales minimalistas pretenden sólo asegurar al individuo el dominio de un espacio vital y un status social de mínima procura existencial, no se dirigen a toda la población, se limita a la cobertura de las necesidades sociales a un mínimo de subsistencia elemental[38].  De ahí que se haya llegado a afirmar que el Estado del Bienestar residual es el modelo-tipo del "liberalismo radical" que, como organización global de la sociedad en el seno del Estado, intenta enfrentarse al riesgo político de una generalización de las luchas sociales y produce, inevitablemente, una fuerte tendencia totalitaria bajo una fachada ideológica de liberalismo[39].

Respuesta conservadora que, por otro lado, produce una importante pérdida de legitimidad del sistema político ante su incapacidad manifiesta para armonizar la eficiencia económica con la equidad social, generando una gran polarización social, dando lugara lo que se ha denominado una “sociedad desgarrada” [40] cuya consecuencia política es el retorno del famoso “problema de las clases peligrosas” del siglo XIX con la posibilidad de rebeliones colectivas desestabilizadoras o la generalización de la delincuencia individual, lo que provoca una acción legislativa crecientemente penalizadora con el resultado de un progresivo aumento de la encarcelación, en una suerte de “limpieza social” que afecta a la “población sobrante” del sistema, aquellos que se sitúan en la amplia base de la piramide social.[41]

El miedo a la delincuencia genera la solidaridad de los dos tercios de la población y anima la lucha contra la inseguridad como argumento político sumamente eficaz para estigmatizar a los desposeidos, los inmigrantes, los pobres, los promotores de disturbios…, dando lugar al desarrollo de un sector prospero de actividad económica (vigilancia y seguridad), que para luchar contra esa ameneza contrata a una parte de los pobres para defender a los ricos de los demás pobres.

 

Pese a que la respuesta neoconservadora parte de la existencia de una "sobrecarga estructural" del Estado del Bienestar y pretende encontrar la solución a ese problema a través de una reducción del intervencionismo público en la protección social, que deja a los seres humanos solos frente a la necesidad, el discurso desregulador no supone la renuncia a la operación de socializar costes de la producción privada, para lo que precisa necesariamente de la intervención pública, por acción u omisión[42].

Tal paradoja se ha visto plenamente confirmada por los acontecimientos derivados de la reciente crisis financiera mundial, y concretada en la inyección, por parte de todos los estados de capitalismo desarrollado, de ingentes sumas de dinero público al sistema bancario, cuando no nacionalizando bancos en quiebra, para tratar de evitar el hundimiento completo del soporte financiero-especulativo característico del capitalismo rabiosamente desregulador practicado durante las tres últimas décadas,[43] mientras los ejecutivos de esas corporaciones financieras percibían abultadas sumas de dinero por rescindir sus contratos blindados tras el meritorio logro de hacer perder sus ahorros a millones de ciudadanos en todo el mundo que, imbuidos de ese espíritu especulador, de obtención del beneficio rápido, hicieron suyos los mensajes de optimismo que trasmitían los voceadores del liberal productivismo, asistiendo sorprendidos al descalabro de las bolsas mundiales y al ¿fin? del llamado “capitalismo de casino” que ha gobernado la globalización sin ningún tipo de control estatal ni de reglas éticas, y mostrando un absoluto desprecio por la crisis medioambiental.

 

 

           Una Europa en la que crecen las desigualdades

 

        Los derroteros que ha tomado el proceso de integración económica europea -así resulta de la política diseñada por el Tratado de Maastricht- optando decididamente por la desregulación de la actividad económica, la flexibilización de las relaciones laborales y la congelación de las políticas sociales, ha aumentado la pobreza y la exclusión social en Europa. El capitalismo desregulador ha ganado la partida del siglo XX, hasta el punto de que la Europa institucional se ha hecho de espaldas al modelo de sociedad que caracterizó la postguerra, abandonando el sueño de la emergencia de una identidad europea y la creación de una política laboral y social común.

        Y esto resulta especialmente grave si tenemos en cuenta que una de las consecuencias de los procesos de unión es el agravamiento de las desigualdades de todo tipo entre personas y espacios; entre ricos y pobres; entre poderosos y desfavorecidos. Los efectos sociales y el incremento del malestar que se pueden derivar de la conjunción de este fenómeno y de la disminución de las prestaciones sociales, pueden ser verdaderamente dramáticos. Puesto que en el proceso de unificación se optó por relegar la cohesión social, la "Europa de las dos velocidades" ya es un hecho.

        Puede afirmarse, a poco que se observen unos cuantos indicadores económicos y sociales, que la característica principal de la situación europea en 1990, era la existencia de una enorme disparidad en el grado de satisfacción de los ciudadanos de los países miembros. Las diferencias de rentas entre regiones[44], las tasas de escolarización de jóvenes con edades comprendidas entre 15 y 19 años que accedían a los diferentes niveles de los sistemas educativos y en inversión en I+D, así vienen a demostrarlo[45].

        Desigualdades, también manifiestas en el hecho de que el 10 por ciento de la población más rica disfrutara entre el 30 y el 35 por ciento de la renta; y que no más del 5 por ciento de la población dispusiera de la cuarta parte de la riqueza total.

        Por otra parte, en 1990 y según datos proporcionados por diferentes estadísticas de la propia Comunidad Económica Europea, en su seno había 48 millones de ciudadanos pobres, 16 millones de analfabetos, 6 millones de parados de larga duración, 11 millones de individuos sin techo y unos 10 millones de personas en situación de pobreza extrema.

        A lo largo de los noventa las disparidades no han cesado de incrementarse y, de esa forma, el fenómeno del malestar social ha alcanzado una extraordinaria envergadura. Efectivamente, un estudio de la oficina estadística de la Unión Europea (Eurostat) confirma esa tendencia de fondo, pues si en 1993 sitúa ya en 57 millones el número de personas pobres, es decir, aquellas cuyo ingreso total es inferior a la mitad de la media de ingresos netos en su país[46], en el año 2006 ya eran 78 millones de pobres, de los que 19 millones eran niños.

        Esa extensión de la pobreza en Europa no es ajena ni a la orientación de las políticas económicas aplicadas, ni a su efecto directo más inmediato: el desempleo. En efecto, los índices que recogen la intensidad del fenómeno del desempleo no han cesado de crecer, pero obviamente de modo muy desigual en las distintas regiones. Hasta en las tasas de mortalidad infantil se descubren diferencias abismales entre unas zonas y otras.

        Otra clase de desigualdad, la que se produce entre los géneros, está asimismo considerablemente extendida en el ámbito de la unión europea, pero las condiciones son bien distintas de unas regiones a otras.

       

        Estas pinceladas en torno al grado de satisfacción social en las distintas zonas geográficas y/o en los distintos grupos sociales de la Unión Europea, ponen de relieve dos aspectos que es preciso destacar: uno, que las desigualdades eran, en los albores del mercado único, de muy profundo calado, y el otro, que durante la primera mitad de la década de los noventa, por lo que puede entreverse atendiendo a los datos oficiales de la propia Unión Europea,  éstas se han agudizado.

        El ensanchamiento de las disparidades aparece ligado al diseño de fondo del proceso de Unión Económica y Monetaria. Y es que el primer aspecto condicionante de la satisfacción de la población europea -los ingresos del trabajo por cuenta ajena-, año tras año alcanzan una menor participación respecto al total de rentas generadas por la actividad económica. Lo que equivale a decir que la parte correspondiente al excedente de explotación muestra una tendencia creciente, fruto de las políticas aplicadas.       

        Junto a ello, otro hecho opera sobre esta importante caída de la renta: la dualización salarial entre aquellos que consiguen empleo. En efecto, progresivamente también hemos asistido a una dinámica donde las mejoras salariales, cuando se producen, afectan a la población asalariada con empleo estable, en tanto los crecientes segmentos de población contratada a tiempo parcial y en precario (en el que los inmigrantes están muy presentes), ven abaratarse sus remuneraciones, lo que incide de forma determinante en la apertura de la brecha entre unos niveles y otros.

        A ello se une la reducción de las transferencias públicas y la mayor dificultad de acceso a las mismas, como consecuencia de las restricciones impuestas al papel redistribuidor de los Estados, lo que incide en que la dinámica de los niveles de bienestar general sea, obviamente, muy negativa.

        Por último, similar efecto se percibe cuando observamos la evolución en el aprovisionamiento de los denominados bienes públicos. Y es que, derivado del mismo empeño por constreñir el papel de lo público, las dotaciones en sanidad, educación o infraestructuras decrecen y se van, paulatinamente, dejando en manos de empresas privadas. Ello supone un acceso más dificil a esos bienes por parte de los estratos de población con menos recursos, de una parte; y, de otra, y al tener que pagar por ello en el mercado, un encarecimiento del servicio.

        Interesa señalar aquí, que la conjunción de estos aspectos sobre los determinantes del bienestar social no puede sino generar un incremento de las amplias desigualdades existentes y, consecuentemente, una extensión entre la ciudadanía europea de altos niveles de insatisfacción y carencia.

       

 

 

Un modelo alternativo de regulación jurídica del mercado de trabajo. La flexibilidad ofensiva.

 

Los distintos ensayos de políticas de empleo seguidas en los países de la OCDE desde el pasado siglo no han servido, hasta la fecha, ni parece que puedan tener eficacia alguna en el futuro, para resolver el problema del paro. Ni las intervenciones económicas públicas, subvencionando o bonificando el empleo, ni la flexibilidad en la regulación del mercado de trabajo, han conseguido evitar el crecimiento del paro y el malestar social.

No faltaron voces críticas durante estos años que advertían que la “revolución conservadora” presentaba enormes deficiencias analíticas y prácticas. Por un lado, se afirmaba con gran acierto que la desregulación llevaría a las empresas a situar la reducción de los costes salariales como un objetivo prioritario en sus comportamientos, dando lugar a lo que se ha calificado como "flexibilidad estática"[47], destinada a conseguir ventajas a corto plazo,  abandonando la búsqueda de nuevos productos, nuevos métodos de producción y nuevos mercados, consiguiendo aletargar el sistema productivo y produciendo, a largo plazo, una mayor ineficiencia de la economía.

Por otro, la política de descentralización de las condiciones de empleo genera, a la larga, una dependencia mayor de las pequeñas empresas respecto a las grandes (más competitivas). De tal modo, que en lugar de conseguir una mayor autonomía para cada una de las empresas y para la mano de obra (objetivo formalmente reclamado por los neoliberales), por medio de la descentralización se crearían más dependencias laborales en la producción y en los mercados de productos, resultado contrario al que se pretende con "más mercado en el mercado de trabajo".

           Y es que, el exceso de movilidad de las plantillas, la sustitución de trabajadores cualificados, más costosos, por trabajadores nuevos contratados en condiciones de mayor precariedad, tanto en lo que se refiere a la estabilidad en el empleo como en las retribuciones, pese a que se presentaban como un remedio para la reactivación de la economía, de los beneficios, tiene igualmente un lado oscuro que ya fue advertido por algunas voces autorizadas en la materia. En concreto, en 1983, Ray Marshall, antiguo ministro de Trabajo de Estados Unidos recordaba la importancia de la dedicación de los trabajadores a la empresa como medio de mejorar los objetivos empresariales al decir: ...flexibilizar los modos de producción convirtiendo la mano de obra en un simple elemento del precio del coste puede resultar una victoria pírrica; establecer una libertad de contratación y despido excesivo es un arma de doble filo, puesto que la identificación del trabajador con el destino de la empresa es el único elemento que puede llevarle a querer perfeccionarse y adquirir nuevas cualificaciones, y para ello no hay nada como una cierta estabilidad en el empleo, una protección social conveniente y un personal informado de los proyectos de la dirección[48].

           Por su parte la American Magament Association (AMA) y las empresas Wyat efectuaron un estudio a principios de los noventa en el que concluian que los reiterados recortes de plantilla producen “menores beneficios y una productividad descendente”.[49]

 

En lo que se refiere a las políticas de mercado de trabajo, se ha optado por una política del Derecho que liberaliza el sistema institucional de regulación para adaptarlo a las exigencias del mercado. Decisión coherente con la voluntad de que no exista ningún poder externo al mercado de trabajo capaz de establecer normas de ius cogens. Muy al contrario, reclaman que sea el principio del "laissez faire" liberal el encargado de desarrollar la función de establecer las condiciones de regulación del contrato de trabajo.

           Tanto la orientación de la política de empleo seguida en Europa desde la década de los 90, como la reforma legislativa operada en nuestro país sobre el mercado de trabajo, respondía objetivamente a esa pretensión, consiguiendo favorecer la maximización de los beneficios y la tasa de rentabilidad del capital privado, por un lado y, por otro, contribuyendo a modificar la relación de fuerza existente entre las clases para permitir unas condiciones más óptimas de uso y explotación de la fuerza de trabajo.

           Esta opción se concreta, desde la perspectiva jurídico-institucional, en la instauración gradual de un ordenamiento flexible del trabajo, calificado como "flexibilidad defensiva", que favorece la flexibilización a ultranza, la desregulación parcial de las relaciones laborales, formas precarias de subcontratación y fuertes desigualdades regionales. Forma de flexibilidad que contribuye a la dualización, segmentación, del mercado de trabajo, el cual queda formado, por un lado, por los trabajadores con empleos estables y por otro, por trabajadores con empleos precarios[50].

           La "flexibilidad defensiva", al incidir en la precarización del empleo y la reducción de las políticas de protección social, acaba rompiendo el principio de continuidad de las rentas del trabajo tanto en la vertiente laboral (medidas de estabilidad del trabajador, continuidad de la relación laboral, etc.) como en la vertiente de protección social (política de prestaciones económicas de sustitución de rentas de activo), y por tanto no resulta arriesgado decir que las medidas flexibilizadoras adoptadas conforme a este modelo, pueden resultar contradictorias al objeto mismo del Derecho Laboral, allí donde la intervención pública contribuya a acentuar las desigualdades en lugar de compensarlas.[51]

 

 

           ¿Flexiseguridad? No, gracias.

 

           El último intento europeo por revitalizar la flexibilidad, esgrimida como necesidad objetiva derivada de la competencia internacional y la revolución tecnológica, ha sido con el concepto: “flexiseguridad”.  Conscientes de la fractura social que ha provocado la precarización del empleo durantes estás últimas décadas, la “flexiseguridad” se presenta por sus promotores como la solución a los riesgos sociales provocados por la rabiosa flexibilidad practicada hasta la fecha, propugnando una combinación equilibrada entre flexibilidad organizativa y productiva, con desregulación, y protección social. Un coctel imposible.

El concepto, incluido en el denominado Libro Verde. Modernizar el Derecho laboral para afrontar los retos del siglo XXI,[52] pretende la “modernización” del Derecho Laboral para conseguir el objetivo diseñado en la Estrategia de Lisboa de crecer de manera sostenible con más y mejores empleos. La trascendencia del tema radica en que el documento presentado al debate público plantea por primera vez en Europa, de manera directa, el papel que el Derecho del Trabajo debe desempeñar en un sistema de relaciones laborales propio de una economía de libre mercado. La pretendida modernización del Derecho laboral que el documento proclama no constituye más que otro nuevo intento cínico de debilitarlo, de hacer que pierda su objetivo original de reequilibrio de la desigualdad implicita en las relaciones laborales capitalistas, pretendiendo superar la segmentación del mercado laboral que la propia flexibilidad, junto a la desregulación practicada en estas décadas, han creado. Claro está, la solución propuesta por la Comisión, coherente con la lógica desreguladora que inspira sus decisiones en materia de política de mercados (laborales), consiste en igualar a los trabajadores en la precariedad, haciendo que los elementos de seguridad de los que aún gozan los trabajadores indefinidos (el denominado “núcleo duro”) se debiliten o sencillamente desaparezcan.

El binomio flexibilidad/seguridad, concretada la primera en la flexibilidad de la regulación laboral y la segunda en la protección frente al desempleo, no constituye ninguna novedad creativa, ya que se trata en definitiva de la derivación del coste de la seguridad al Estado, o a los propios trabajadores, para permitir a los empresarios una gestión más flexible de la mano de obra que les otorgue ventajas competitivas en el marco de la globalización. Es decir, la clásica receta neoliberal de socialización de costes de la producción frente a la gestión y apropiación individual de los beneficios. [53]

 

           Por el contrario, la opción por implantar otro modelo de flexibilidad: "flexibilidad ofensiva", supone un nuevo compromiso en los lugares de trabajo, intercambiando la implicación de los trabajadores en la lucha por la productividad y la calidad, por diversas garantías y ventajas sociales[54]

           En este modelo de "flexibilidad ofensiva", al contrario que el modelo de flexibilidad precaria, defensiva, se otorga preferencia a la estabilidad laboral, a la modernización tecnológica y a la formación profesional, y se articula a través del sistema de negociación colectiva supraempresarial, sin excluir la posibilidad de acuerdos tripartitos, que establezcan las reglas de juego, compaginándolo con los convenios de empresa que singularizan el tratamiento de las condiciones de trabajo, el sistema de organización del trabajo y la implicación de los trabajadores en la gestión y dirección de la empresa.

           Este modelo alternativo de organización jurídica de las relaciones de trabajo, trata de combinar la clásica racionalidad centralizada del Estado Social moderno con formas plurales de racionalidad "auto reflexiva" de los grupos sociales bajo la cobertura de una regulación legislación promocional (o de apoyo) de la autonomía colectiva. Un modelo dualista de regulación que combina ley y negociación colectiva como medios instrumentales para regular el mercado laboral, y que, aún cuando otorga a la ley la función de fijar un marco de regulación general, no excluye la posibilidad de hacer uso de la negociación colectiva para flexibilizar, sin precariedad ni inestabilidad, las relaciones laborales en el seno de la empresa.[55]

           No obstante, aún a pesar de que este modelo mantiene una relación más equilibrada entre los diversos mercados de trabajo, potencia al sindicato y la negociación colectiva y apuesta por garantizar una red de protección laboral y social (que en su conjunto garantiza un mayor reparto de los frutos del crecimiento de la productividad), manifiesta también una peligrosa tendencia a apartar del "reparto" de los beneficios de la protección laboral y social a amplios sectores de la población, contribuyendo a la formación de una “infraclase”, constituida por aquellas personas que tienen una situación de mayor debilidad en el mercado de trabajo o que se hayan completamente excluidas del mismo.

           Para evitar esas perversas tendencias hacia la dualización social, es necesario realizar una política global (integrada) que, partiendo de la interdependencia entre el modelo de regulación económica y social, no se desentienda del problema del trabajo y de la escasez de empleo, puesto que el trabajo continúa siendo percibido como uno de los factores más importantes de integración social. De ahí, que un objetivo preferente de las políticas de regulación (del trabajo y de las políticas sociales) deberá ser facilitar el reparto del empleo, reducir progresivamente la duración de la jornada laboral, sin tener que disminuir la retribución del trabajo, compensando esa reducción con un aumento de la productividad; y estableciendo mecanismos de rentas complementarias allí donde la reducción de la jornada no sea posible compensarla, en su totalidad, con los incrementos de productividad[56].

           En definitiva, la estrategia del reparto del trabajo puede tener cabida en el marco de la denominada "flexibilidad ofensiva", siempre que las políticas de regulación laboral no se construyan al margen de las políticas sociales, lo cual es posible, (desde una perspectiva jurídico-institucional) en un sistema de relaciones laborales de carácter intervencionista, como aún es el nuestro, que se apoya en la propia esencia del modelo de Estado Social y Democrático de Derecho (artículo 1º CE), y que obliga a los poderes públicos a remover los obstáculos que dificulten que la libertad y la igualdad sean reales y efectivas (artículo 9º. 2 CE). Ese compromiso público se hace realidad a través de garantizar, entre otros, el derecho al trabajo y la promoción a través del trabajo. Todo ello, en un marco socioeconómico en el que "toda la riqueza del país, en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad está subordinada al interés general" (artículo 128º CE).

           Precisamente por ello, el Derecho del Trabajo, ha de cumplir su función esencial de ser un ordenamiento compensador e igualador en orden a corregir, al menos parcialmente, la desigualdad de origen característica de las relaciones laborales. De tal premisa, que ha tenido respaldo por la doctrina constitucional[57], se puede fácilmente concluir que allí donde esa función compensadora e igualadora ha dejado de ejecutarse, el Derecho del Trabajo está dejando de cumplir la función pacificadora que había venido desarrollando en el capitalismo intervenido.

Puesto que la crisis de la sociedad del trabajo se sitúa en el centro de los problemas que aquejan las sociedades de capitalismo desarrollado, hasta el punto de que el modo en que la misma se resuelva influirá también, entre otros aspectos, en la relación entre los sexos, se hace necesaria una reformulación del contrato social que ponga mayor énfasis en la idea de la justicia distributiva y por la acción positiva de reparto. Hace falta más “nación social” para consolidar el cemento político y menos “nación económica” para desarrollar la economía. Es necesario que la lógica de la “protección social” y la lógica de “eficacia económica” se aproximen y se conjugen entre si en torno a una política económica democrática que tenga como objetivos esenciales: la creación de empleo, la consecución de una distribución más igualitaria de las rentas y la sostenibilidad medioambiental.

 

        En el ámbito de la Unión Europea, frente al modelo de liberal-conservadurismo que durante más de veinticinco años ha regido los destinos de la Unión, es necesario exigir, sin abandonar las políticas de Bienestar (objetivo del modelo de flexibilidad ofensiva), un desarrollo más rápido de las instituciones políticas, reforzándose el espacio social dentro de la UE; la creación de Derechos civiles de ciudadanía, que se realizarían a través del establecimiento de derechos sociales, universales e iguales, para todos los ciudadanos de la UE; el establecimiento de políticas de reparto del empleo y el trabajo; y la armonización de las políticas laborales y fiscales de los Estados de la UE., para evitar la evasión de capitales y el dumping social en el área geográfica de la comunidad[58].

        La "Europa Social" debería ser el auténtico campo de maniobras  para construir una verdadera Europa unida en torno a los siguientes objetivos fundamentales: el logro del máximo bienestar para las poblaciones implicadas, profundizar en la democracia europea; el control planificado de la economía europea y la producción con objetivos sociales previamente consensuados; el reconocimiento de la "ciudadanía integral europea" -que exige que las políticas de redistribución de las rentas constituyan el eje central del modelo-; y el desarrollo práctico, sin más demora, de las políticas de distribución del empleo y reparto del trabajo, en el marco de un nuevo modelo de regulación jurídica de las relaciones laborales que, en combinación con políticas sociales activas, permita superar las actuales disfunciones del mercado laboral y sus secuelas en el plano del bienestar. En definitiva, situar los sistemas de protección social europeos como piedra angular del futuro de la Unión constituye una necesidad ineludible para hacer posible el desarrollo pacífico de la unión monetaria y política, y sostener el mercado único.

         De lo que no cabe duda, es que una Europa Unida en torno a los principios de armonización de los derechos de los asalariados y de extensión de la protección de los derechos sociales a las clases más desfavorecidas, no encontraría grandes obstáculos para desarrollarse porque el apoyo de la población sería mayoritario. Esa opción encuentra, no obstante, dos poderosos e interesados obstáculos: el aumento de los costes en los presupuestos públicos que se derivaría de la extensión de las medidas de protección social, que se dice: restaría competitividad a las empresas; y las reservas que podrían tener algunos países europeos desarrollados para intensificar los mecanismos de cohesión y solidaridad en favor los territorios más atrasados de la Unión. 

Pese a la magnitud de la tarea que representa oponerse a las poderosas fuerzas que sostienen las idéas y programas neoliberales, entender las causas de su propio fracaso constituye el primer paso para liberar a la gente, para diseñar y seguir caminos muy diferentes que les permitan superar la injusticia y el sufrimiento innecesario que desfigura la civilización contemporánea, así como para defender y enriquecer “la sustancia de la sociedad” para ellos mismos y para otros, y mostrar así que los seres humanos son algo mejor que las criaturas ridículas que son modeladas por la ideología contemporánea y por los intereses de poder a los que sirve.[59]

 

 

 



[1] Para una comprensión más detallada de la “edad de oro del capitalismo y el empleo” véase: José Enrique Medina Castillo: “Crisis de la sociedad salarial y reparto del trabajo”. Edit. Comares. Granada 1999. pp.92 y ss.

[2] El convenio núm. 122 de la OIT (1964), ratificado por España, especifica, en su artículo 1º, los objetivos que debe garantizar una política de empleo: A) Que habrá trabajo para todas las personas disponibles y que busquen trabajo. B) Que dicho trabajo será tan productivo como sea posible. C) Que habrá libertad para escoger empleo y que cada trabajador tendrá todas las posibilidades de adquirir la formación necesaria para ocupar el empleo que le convenga y de utilizar en este empleo esta formación y las faultades que posea, sin que se tenga en cuenta su raza, sexo, religión, opinión política, procedencia nacional u origen social. 

[3] En 1.944, Lord Beveridge, elaboró, como continuación al informe que realizó dos años antes a petición del Gobierno de Inglaterra: <<Informe sobre el Seguro Social y Servicios afines>>, un estudio, bajo el titulo: <<Pleno empleo en una sociedad libre>> que contenía una serie de propuestas sobre cómo podía llevarse a la práctica el objetivo del pleno empleo y la prevención del desempleo masivo. El citado informe partía de una premisa: <>. Vid. Informe de Lord Beveridge: Full employment in a Free Society , traducido al castellano como: Pleno empleo en una sociedad libre. Edit. Mº de Trabajo y S.S. Madrid 1988

[4] Ibid. op. cit. p. 60.

[5] Celebrada el día 10 de mayo de 1944 en esa localidad estadounidense y que supuso la redifinición de los objetivos y fines de la organización. Uno de los principios fundamentales de la organización que contenía dicha declaración, era que el trabajo no es una mercancía. Un estudio detallado de la misma, en Nicolas Valtico: Derecho Internacional del Trabajo. Edit. Tecnos. Madrid 1977, en particular: pp. 92-94.

[6] Vid. L. Doyal y I. Gough: Teoría de las necesidades humanas. Barcelona 1994. pp. 109 y sgts.

[7] Vid. J.L. Monereo: Derechos sociales de la ciudadanía y ordenamiento laboral. Edit. CES. Madrid 1996. p. 211. Señala igualmente Monereo que, llegado el caso: <<...esos mismos Gobiernos socialdemócratas (incluido nuestro país), han utilizado también las políticas neocorporativistas para aligerar el coste de legitimación de la aplicación de políticas materialmente neoliberales. En este caso, la <> ha sido garantizada por una penetración de la autoridad estatal en las organizaciones sindicales más representativas, reinsertando su acción en la esfera del poder político>>. p. 212.

[8] J. Rawls: Teoría de la Justicia. Edit. FCE. México 1979.

[9] Crisis orgánica, en tanto el "debilitamiento del Estado keynesiano" expresaba algo más que una crisis económica, ya que supuso un auténtico desbordamiento del modo de producción y de las formas de existencia del sistema capitalista, que condujo a una crisis ideológica y de civilización. Vid. J. Attali: La palabra y la herramienta. op. cit. p. 44.

[10] Un estudio sobre las teorías de Hayek y sus diferencias con el liberalismo de Smith, en Pierre Lantz: De la main invisible á l´ordre spontané; Roger Frydman: Individu et totalité dans la pensée libérale. Le cas de F.A. Hayek;  ambos en Le libéralisme économique. Interprétation et analyses. Cahiers d´economie politique nº 16-17. Edit. L´Harmattan. Paris 1989.

                Un análisis crítico del llamado "cosmos" hayekiano (entendido como un sistema de organización social en el que es posible vivir de forma libre y creadora aún a costa de las desigualdades sociales), en J. Attali: Los tres mundos. Para una teoría de la post-crisis. Edit. Cátedra. Madrid 1982 pp. 28-32.

[11] Así lo advertía Karl Polany en su ya clásica obra: La gran Trasformación. Crítica al liberalismo económico. Edit. La Piqueta. Madrid 1997.

[12] La importancia del restablecimiento de la disciplina empresarial como medio de recuperar la tasa de beneficios capitalista, en M. Kalecki: Aspectos políticos del pleno empleo, en Sobre el capitalismo contemporáneo. Edit. Crítica. Barcelona 1979.

[13] Vid. S. Bowles; D. M. Gordon y T. E. Weiskopf: Tras la economía del despilfarro. Una economía democrática para el año 2000. op. cit. p. 92.

[14] Allan Greespan (jefe de la Reserva Federal de EE.UU) testificó en el Congreso norteamericano que una de las razones para el éxito de la globalización obedecía a “…un significativo freno en los salarios motivado por la inseguridad de los trabajadores para pedir aumentos salariales”. Vid. Noam Chomsky. Los mercados y la sustancia de la sociedad, en VV.AA.: “Los límites de la globalización”. Edit. Ariel. Madrid 2002. pp.41 y ss.

[15] En la indicada fecha, la administración norteamericana se enfrentó, hasta vencerlos, al sindicato de controladores aéreos (PATCO) en la huelga que mantuvieron para reivindicar la mejora de sus condiciones de trabajo. La consecuencia de esa derrota fue que el sindicato se destruyó. Las grandes empresas del sector (Texas Air y Eastern Air Lines) siguieron el ejemplo y consiguieron igualmente destruir totalmente los sindicatos de sus trabajadores. La agresiva estrategia de confrontación llevó a muchas empresas a trasladar sus fábricas a lugares con menor presencia sindical, o inclusive a cerrar las instalaciones que tenían mayor antiguedad y en las que se concentraba el mayor nivel de afiliación, manteniendo sin embargo aquellas de nueva creación en la que penetración de los sindicatos aún era débil, para de ese modo "advertir" a los trabajadores de lo nocivo de la afiliación sindical para mantener sus puestos de trabajo. De hecho, los propios ejecutivos de las grandes empresas tenían la consigna prioritaria de evitar a toda costa la sindicación en su seno.

[16] Fuente OCDE: Perspectivas del empleo 1991. Edit. Mº de Trabajo y S.S. Madrid 1991. p. 219.

[17] Fuente: The World Almanac and the Book of facts, 1995, citado en Richard Sennet: La corrosión del carácter. Las consecuencias personales del trabajo en el nuevo capitalismo. Edit. Anagrama. Barcelona 2000.

[18] Vid. OCDE: Perspectivas del empleo 1994. Edit. Mº de Trabajo y S.S. Madrid 1994. p.428. Un análisis de la evolución y la crisis de la afiliación sindical en nuestro país en S. Aguilar y J. Roca:14 décembre: économie politique d`une grève, en Goetschy, J y Linhart D. (comps): La crise des syndicats en Europe occidentale. La documentation francaise. Paris 1990, y J. Estivil y J.M. de la Hoz: Transition and crisis: the complexity of Spanish industrial relations, en G. Baglioni y C. Crouch (comps): Industrial relations in Europe. The challenge of flexibility. Sage. Londres 1990.

[19] Citado por Samir Amin: Alto a la OTAN. El proyecto imperialista neoliberal de la hegemonía de Estados Unidos. Edit. Campaña Estatal por el Levantamiento de las sanciones a Iraq. Febrero 2000. Pp.18-19.

[20] Así lo denuncia Noam Chomsky. Op. cit. p. 46.

[21] La expresión corresponde a Pietro Barcellona: L´individualismo propietario. Boringhieri.1987, traducción española: El individualismo propietario. Edit. Trotta. Madrid 1996

[22] Vid. J.R. Capella: Los ciudadanos siervos. Edit. Trotta. Valladolid 1993. p. 97.

[23] Las secuelas sociales de las políticas conservadoras en los EE.UU. y el Reino Unido, en los estudios de: S. Bowles; D. Gordon y T. E. Weisskopf: La economía del despilfarro, y Tras la economía del despilfarro. ops. cits.; Sylvie Deneuve y Charles Reeve: Viajeros al borde de una Ámerica en crisis. Edit. La Piqueta. Madrid 1996; Colin Crouch: La intensificación del conflicto laboral en el Reino Unido, en VV.AA.. <>. Tomo I. Edit. Mº de Trabajo y S.S. Madrid 1989. pp. 275-374; y M. Walzer: Las esferas de la justicia. Una defensa del pluralismo y la igualdad. México 1993.

[24] La revitalización del discurso ortodoxo, apoyado en el <> de Malthus y la crítica a la política social, proclive a hacer desaparecer el actual sistema de protección social, y su conversión en un sistema de beneficiencia pública o de asistencia de pobres, en F. López Castellano y J. Ortíz Molina: El origen de las propuestas <> sobre protección social: El debate sobre las leyes de pobres 150 años después, incluído en J. Torres López (coord.): Pensiones públicas: ¿ y mañana qué?  Edit. Ariel. pp. 195-208.

[25] Según la OCDE, en su informe sobre Las tendencias de los mercados financieros, correspondiente al primer trimestre de 1997; los procesos de privatización de empresas públicas en que están embarcados casi todos los gobiernos europeos y algunas economías emergentes han supuesto unos ingresos de (100.000 millones de dólares)14,5 billones de pesetas. Ese proceso se estuvo produciendo de forma vertiginosa desde principio de la década de los noventa, en que los ingresos por privatizaciones alcanzaron los 23.000 millones de dolares, para triplicarse en 1996, que se llegó a los 88.000 millones de dolares.

                En España, a esa fecha, se habían obtenido 607.000 millones de pesetas, llegando a alcanzar al finalizar el año 1997 la suma de 1,6 billones de pesetas, situándose al frente de la relación de países desarrollados que habían seguido una política de privatización más intensiva.

[26] Así lo señala J.L. Monereo. Público y privado en el sistema de pensiones. op. cit. pp. 30-31, y La política de pensiones, entre Estado y mercado, en J. Torres López (coord.): Pensiones públicas: ¿ y mañana qué? Edit. Ariel. pp. 23-41.

[27] Para G. Lukacs: La crisis de la filosofía burguesa. Edit. La Pleyade. Buenos Aires 1970: <<En la sociedad capitalista el fetichismo es inherente a todas las manifestaciones ideológicas>>. p. 19.

[28] Vid. Karl Polanyi: La gran transformación. Crítica del liberalismo económico. Edit. La Piqueta. Madrid 1997 y J.L. Monereo Pérez: Introducción al nuevo Derecho del Trabajo. op. cit. p. 106.

[29] Desde una perspectiva crítica, A. Pollert: La ortodoxia de la flexibilidad, en A. Pollert (Comp.): ¿Adiós a la flexibilidad?. Madrid 1994, subraya que la preocupación de los años ochenta por la flexibilidad y el dualismo del mercado de trabajo ha impedido valorar la importancia de la contradicción en las relaciones de clase capitalista y dado vida a una nueva versión de la sociedad industrial conservadora y de la teoría postindustrial.

                Una visión crítica de la vertiente política de la globalización de la economía, y el "pensamiento único", el llamado "Western Globalists"; Gobierno global, con propuestas alternativas al contrato socialdemócrata de aceptación e integración  en la lógica de la burguesía, en Danilo Zolo: Cosmopolis. La prospettiva del governo mondiale. Edit. Feltrinelli. Milano 1995.

[30] En la sección Tribuna del diario el País de 4 de mayo de 2008 se publicó un artículo de Javier Gómez Navarro (ministro socialista en uno de los gobiernos de Felipe González, y a esa fecha presidente del Consejo Superior de Cámaras de Comercio) en el que, bajo el título: Es el turno del sector público realizaba, entre otras, las manifestaciones siguientes: “En el ámbito laboral, creo que se hace imperativa la supervisión y control de las sentencias de las magistraturas de trabajo. Un control ecuánime y riguroso que evite el enorme sesgo pro trabajador de las sentencias. Y esto es así porque la realidad nos lleva a que, si todo despido es, de oficio, improcedente, éste termina resultando carísimo. Más medios y una mejor eficacia y eficiencia en la utilización de los mismos. La seguridad jurídica así nos lo demanda”.

[31] Así lo reconoció expresamente la OIT en su informe: La flexibilidad del mercado de trabajo: una selección de criterios y experiencias. Edit. Mº de Trabajo y S.S. Madrid 1988. p. 30.

[32] Los efectos de las políticas neoliberales en la desintegración de la clase obrera y sus organizaciones en: José Enrique Medina Castillo: Crisis de la sociedad laboral y reparto del trabajo. Edit. Comares. p. 206 y ss.

[33] Vid. J.L. Monereo Pérez: Introducción al nuevo Derecho del Trabajo. Edit. Tirant lo blanch. Valencia 1996. pp. 74-75.

[34] Umberto Romagnoli: El Derecho del Trabajo en la era de la globalización: Revista de Derecho Social nº 24. Oct-Dic. 2003. Edit. Bomarzo. Albacete.p. 11.

[35] La expresión es de Noam Chomsky: Los mercados y la “sustancia de la sociedad”. op. cit.

[36] La bondad que este tipo de políticas de privatización y desregulación representa para las empresas se manifiesta en el hecho de que las propias Administraciones Públicas las han acogido con gran satisfacción para atender servicios cada vez más variados (recogida de basuras, servicios municipales de limpieza, limpieza y mantenimiento de edificios e instalaciones públicas, vigilancia, preparación de comidas y desinfección de hospitales públicos...), beneficiándose de la reducción de costes y la flexibilización de sus estructuras productivas, pasando a un gran sector de trabajadores, que antes tenían el rígido estatuto de agentes adscritos a servicios públicos, a la más precaria situación del sector privado.

[37] En el caso de España, un ejemplo de éste tipo de iniciativas legales lo encontramos en el artículo 56.4. de la ley 8/1980 de 10 de marzo, Estatuto de los Trabajadores, en su redacción originaria, que preveía que, ante un despido improcedente, y cuando la empresa optara por la indemnización, ésta se reduciría -si la empresa tenía menos de 25 trabajadores- en un 20 por ciento; y además, de la cantidad resultante, el Fondo de Garantía Salarial abonaba un 40 por ciento.

[38] La distinción entre Estados de Bienestar institucionales (keynesianos, socialdemócratas) y Estados de Bienestar residuales (neoliberales), corresponde a R.M. Titmuss: Política Social. Barcelona 1981.

                Para un análisis de los distintos tipos nacionales de Estados del Bienestar, véase G. Esping-Andersen Los tres mundos del Estado del Bienestar. Valencia 1993.

[39] Vid. M. Aglietta: Regulación y crisis del capitalismo. op. cit. p. 343.

[40] La expresión es de Alain Lipietz: “Elegir la audacia. Una alternativa para el siglo XXI”. Edit. Trotta. Madrid 1977. P.53.

[41] La utilización de la justicia penal como mecanismo represivo y de exclusión social en los excelentes trabajos de María Luisa Maqueda Abreu: La intensificación del control y la hipocresía de las leyes penales. Revista de información y debate Jueces para la Democracia. Nº 61. Marzo 2008; R. Sáez Valcárcel: La justicia penal en la estrategia de la exclusión social; y Manuel Miranda Estrampes: El populismo penal (Análisis crítico del modelo penal securitario), ambos en la revista: Jueces para la Democracia. Nº 58. Marzo 2007.

[42] Entre los costes de producción privada que son objeto de socialización, también en la regulación económica neoconservadora, pueden incluirse: 1.- Los vertidos en acuíferos y otros estragos medioambientales que empresarialmente ni se contabilizan, y cuya reparación corren a cargo de los presupuestos públicos. 2.- El deterioro de la salud de los trabajadores y/o ciudadanos ocasionados por actividades económicas de lucro privado, cuyo tratamiento corre a cargo del patrimonio público y/o de los afectados. 3.- Derivación hacia los usuarios de bienes esenciales (electricidad, teléfono, agua) de costes de las empresas suministradoras debidos a deficiencias de gestión. En España es patente esta política respecto a las calamitosas inversiones en centrales nucleares. 4.- Realización de obras públicas con usuarios principales privados y no generales o públicos. 5.- Financiación parcial del sistema de seguros de las grandes empresas por los seguros de los pequeños usuarios. 6.- Avales y garantías económicas públicas para empresas privadas, eliminando el riesgo del capital. 7.- Financiación indirecta de las materias primas a empresas de lucro privado en el área de los medios de comunicación y mass media. 8.- Subvenciones (vía fiscal, concediendo privilegios o directamente con aportaciones económicas públicas) al empleo, a la reconversión, a la concentración de las empresas. 9.- La inversión pública en I+D cuyas investigaciones son finalmente cedidas a las grandes corporaciones para su lucro. El caso de internet o la investigación en bioteconología son ejemplos muy llamativos de ese tipo de trasnferencias.

[43]  Sólo en nuestro país el Gobierno decidió destinar hasta un total de 150.000 millones de € en apoyo del sector financiero dentro del marco del Plan de Acción concertada en la UE. A tal efecto, véanse los Reales Decretos Leyes nº 6/2008, de 10 de octubre, por el que se crea el Fondo para la Adquisición de Activos Financieros, y nº 7/2008, de 13 de octubre, de Medidas Urgentes en Materia Económica-Financiera en relación con el Plan de Acción Concertada de los Países de la Zona Euro (BOE 14-10-2008) y la Orden EHA/3118/2008, de 31 de octubre, por la que se desarrolla el RDL 6/2008, de 10 de octubre. (BOE 3-11-2008).

[44] En 1990, firmada ya el Acta Única y todavía antes de la redacción del Tratado de Maastricht, el Producto Interior Bruto per capita (PIBpc) de la región más rica entonces (Groningen -Países Bajos-) era 4,5 veces mayor que en la región más pobre atendiendo a esa magnitud (Voreio Aigaio -Grecia-); el PIBpc de las diez regiones europeas de mayor nivel era 3,4 veces superior que el de las diez más pobres; el 60% de las regiones europeas (104 de un total de 175), cuya población representaba aproximadamente al 52% del total de la Comunidad, se encontraban por debajo de la media comunitaria relativa al PIBpc. De ellas, 11 regiones no llegaban a la mitad de la media y 35 no superaban el 75%. Puede dar una idea de la magnitud de las disparidades regionales el que el PIBpc correspondiente a la región europea de mayor magnitud fuera -ese año- 1,6 veces mayor que el de la región española mejor situada (Baleares) y 3,7 veces que el de la peor (Extremadura).

[45] En 1990, el 75% de la inversión total comunitaria en investigación y desarrollo correspondía a la realizada en tres -de los quince- países: Alemania, Francia y el Reino Unido.

[46] De ellos, la mayor parte corresponde al Reino Unido (12,8 millones) -lo que avala la tesis de que la "revolución conservadora", encabezada por Thatcher, acrecentó notablemente las desigualdades-. En términos absolutos, Italia (con 10,8 millones) sigue al  Reino Unido, y precede a Alemania (9 millones) y a España (7,6 M.). En términos relativos, Portugal, con el 26% de sus habitantes en esa situación, encabeza la lista, y el Reino Unido, con el 22%, también destaca. En España, con un 19%, la situación era asimismo bien distinta de la de Dinamarca que, con un 6%, aparece como el país que inferior nivel de pobreza mostraba.

[47] Vid. Sengenberger: Política de mercado de trabajo y empleo en la República Federal de Amenaia: Principios, políticas e instituciones. op. cit. Vol II. p. 28.

[48] Vid. Ray Marshall, prólogo al libro de Philip L. Martin: Labor displacement and public policy. Lexintong Books. Massachussets 1983.

[49] Vid. Richard Sennett: op. cit. p. 51.

[50] Vid. A. Lipietz y D. Leborgne: Flexibilidad ofensiva, flexibilidad defensiva. Dos estrategias sociales en la producción de los nuevos espacios económicos, en G. Benko y A. Lipietz: Las regiones que ganan. Valencia 1994. pp. 331 y ss.

[51] Cfr. José Luis Monereo Pérez: Introducción al nuevo Derecho del Trabajo. op. cit. pp. 132-133.

[52] Presentado por la Comisión Europea en Bruselas en el 2006. COM(2006) yyy final.

[53] Visiones críticas de la “flexiseguridad” y el Libro Verde del empleo, en: A. Baylos y J. Pérez Rey: Sobre el Libro Verde: Modernizar el Derecho Laboral para afontar los retos del siglo XXI. Cuadernos de la Fundación Sindical de Estudios. Madrid 2006; Mireya Llobera: Algunos apuntes sobre la “flexiseguridad” desde la perspectiva comunitaria: El imperativo de la competitividad y el empleo en las reformas del despido en España y en Europa. RDS. Edit. Bomarzo. Albacete 2007, y Miquel Falguera: El Libro Verde y el Derecho del Trabajo: No es eso. Ejemplar mimografiado. Barcelona 2007; Gianni Arrigo: Un breve commento al  Libro Verde sulla modernizzazione del diritto del lavoro. Universitá di Bari. Ejemplar mimográfiado. A destacar igualmente las aportaciones críticas realizadas por las centrales sindicales CC.OO y UGT y la CGLI italiana.

[54] Vid. A. Lipietz y D. Leborgne: Flexibilidad ofensiva, flexibilidad defensiva. Dos estrategias sociales en la producción de los nuevos espacios económicos, op. cit. pp. 331 y ss; y José Luis Monereo Pérez: Introducción al nuevo Derecho del Trabajo. op. cit. pp. 134-135.

[55] Vid. José Luis Monereo Pérez y José Enrique Medina Castillo: La ordenación jurídico-política del tiempo de trabajo y el reparto del empleo.  Revista de Ciencias Sociales. Sistema nº 150. Madrid 1999.

[56] Un desarrollo más detallado de las propuestas lege ferenda encaminadas a la redistribución del trabajo y demás políticas de solidaridad social en: José Enrique Medina Castillo. op. cit. pp. 437 y ss.

[57] STC 3/1983, de 3 de enero, entre otras.

[58] La existencia de alternativas de política económica, al margen de la UE, sin que ello suponga un caos, y la aspiración de crear un modelo de UEM en el que los paises se integren en la misma, sólo si ellos quieren, en Vicenc Navarro: La unidad monetaria, Maastricht y los Estados del Bienestar. Notas comparativas de la UE con EE.UU., op. cit. pp. 87-88; M. Aglietta: The transiction to EMU: structurl and estrategic aspects. Ponencia en el Federal Reserve Bank of New York. Research Paper 9511. Federal Reserve Bank of New York 1995; y P. de Grauwe: Alternative strategies towards monetary union. European Economic Review 39, 1995. Ambos citados, en Miren Etxezarreta: El Tratado de Maastricht y sus posibles alternativas: una visión desde el sur. op. cit.; José Vidal-Beneyto: Por una Europa política, social y ecológica. Edit. Foca. Madrid 2003.

[59] Vid. Noam Chomsky. Op. cit. p.46.

 

 

 

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